OTEC
Organismos técnicos de capacitación, es una institución acreditada por el SENCE que tiene el privilegio de ejecutar actividades de capacitación que puedan ser imputadas en la franquicia tributaria. Algunos de los cursos no ejecutados por las OTEC que podrán imputarse en la franquicia tributaria son los cursos internos e interempresas.
OTIC
Organismos técnicos intermedios de capacitación, son aquellos instituciones reconocidas por el SENCE, cuyo objetivo principal es dar apoyo técnico a aquellas empresas adherentes asociadas, se agrupan sectorial o regionalmente.
La empresas según sus propios intereses optan libremente si se adherien a una OTIC.
¿Cómo se adhieren las empresas a un OTIC?
ResponderEliminarLas empresas que se adhieran libremente a los OTIC deben comprometerse a efectuar los aportes en dinero que se convengan, los que son considerados por la Ley Nº 19.518 como costos directos imputables a la franquicia tributaria. Tales aportes pueden acogerse al incentivo tributario por gastos de capacitación, hasta los montos fijados en el artículo 36 de dicha norma legal.
ResponderEliminarHola Amigos, que importante tener este conocimiento en nuestro intelecto, muchas empresas o organizaciones no ocupan este tipo de beneficios por que no esta informada de estas materias, buen trabajo y abrazos a todos.
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